Cumplimiento de la exigencia del art.28 Ley 10/2010 sobre realización de un examen anual con respecto a las medidas y órganos de control interno de la entidad.
Nuestros asesores ayudan a los sujetos obligados en el diseño y la implementación de sistemas de prevención sencillos y eficaces contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo, ayudándoles también a generar confianza en sus clientes y evitar, entre otros, el daño reputacional. Para que un proyecto de PBC&FT sea eficaz debe haber sido generado a medida para cada sujeto obligado huyendo de soluciones ‘copy & paste’ que tienen como resultado la generación de procesos anti blanqueo imposibles de aplicar por ser ajenos a la realidad del sujeto obligado en cuestión.
Nuestra metodología de trabajo incluye:
- La evaluación inicial del riesgo intrínseco….
- La elaboración del manual de prevención y demás procesos en la materia
- Asesorar el sujeto obligado sobre el procedimiento de nombramiento de Representante ante el SEPBLAC y la constitución de demás órganos de control interno (OCI, Unidad Técnica, etc).
- Acompañar el sujeto obligado en la implementación efectiva de sus medidas de control interno y aplicación de las medidas de Diligencia Debida.
- Dar soporte al sujeto obligado sobre análisis de operaciones sospechosas, respuestas ante requerimientos de las Autoridades, adaptación a cambios normativos, etc.