Formación avanzada en materia de cumplimiento normativo para profesionales de sector y personal de sujetos obligados. Actualmente somos el primer centro de formación especializada en materia de prevención blanqueo de capitales y nuestros cursos están impartidos por expertos de SEPBLAC, Banco de España, profesorado de la Universidad Autónoma de Madrid etc.
En Aula-DGE somos conscientes de la importancia de la formación profesional para que la empresa española, especialmente la PYME, mejore su competitividad. Por eso ofrecemos, de forma totalmente gratuita, para todos nuestros clientes la gestión del crédito de formación del que disponen anualmente en base a sus cotizaciones (sus empleados) a la Seguridad Social en tal concepto. El Organismo encargado para la gestión del esquema de Formación Profesional Continua Bonificada es la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE).
Aula DGE es Entidad Organizadora de Formación Profesional Continua con FUNDAE (antes, la Fundación Tripartita) desde el año 2008.
Mediante el Sistema de Formación Bonificada del Ministerio de Trabajo, las empresas disponen de un crédito para invertir en la formación de sus trabajadores. Estas pueden deducirse de los pagos a la Seguridad Social una parte o la totalidad de los costes de formación hasta el 100% del importe del curso (dependiendo del número de empleados de cada empresa). Los trabajadores beneficiarios son todos los asalariados que coticen en la empresa. Se excluyen los autónomos y los funcionarios.
Resumen del proceso del sistema de bonificaciones para la Formación Continua mediante el esquema de la FUNDAE:
Ayudas a la formación: Sistema de bonificaciones
Todas las empresas disponen de un crédito para formar a sus trabajadores a través de bonificaciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social, siempre que cuenten con centros de trabajo en el territorio nacional y coticen por formación profesional.
Para facilitar la gestión de dichas ayudas y la obtención de dicho crédito Aula DGE actúa como entidad organizadora encargándose de la gestión de los cursos ante la FUNDAE para que sólo tenga que preocuparse de realizar las correspondientes bonificaciones, para ello Usted deberá adherirse al convenio de empresas liderado por Aula DGE.
El sistema de bonificaciones se encuentra regulado por la Ley 30/2015, de 9 de septiembre y el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
Obligaciones de las Empresas Beneficiarias
- Identificar en su contabilidad, todos los gastos de la formación y la bonificación aplicada.
- Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de las Administraciones competentes.
- Custodiar la documentación de control de asistencia de los participantes. Se pondrá a disposición de las empresas un modelo de documento.
- Garantizar la gratuidad de la formación a los participantes.
- Hallarse al corriente en sus obligaciones frente a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
- Mantener durante un período mínimo de 4 años la documentación justificativa de la formación por la que hayan disfrutado de bonificaciones.
- Las empresas serán directamente responsables de los incumplimientos de estas obligaciones, aun cuando contraten la impartición o la gestión de la formación.
Crédito del que dispone
Para calcular su crédito, deberá consultar datos que encontrará en el Impreso de boletín de cotización a la Seguridad Social (tc1).
Puede realizar un simulacro sobre el crédito que dispone su empresa mediante el Simulador disponible en la página web de la FUNDAE (https://empresas.fundae.es/Lanzadera).
Empresas Adheridas al Convenio de Formación Aula DGE
Aula Dge, en calidad de Entidad organizadora asume toda la gestión del proceso ante la FUNDAE para poder acceder a la bonificación de la que puede beneficiarse la empresa a través de las cotizaciones de la Seguridad Social.
Pasos para seguir:
- Firmar el acuerdo de adhesión a la agrupación de empresas (Aula DGE y empresa)
- Comunicar la acción formativa al Comité de Empresa, en caso de que exista
- Comunicar la aceptación de la oferta de formación a Aula DGE.
- Realizar la inscripción de los alumnos en los cursos de formación contratados a Aula DGE.
- Realizar el pago de la factura emitida por DGE en concepto de “formación” y gestión de la formación”
- Recepción de claves de acceso (formación online), material, envío a los alumnos, realización de las acciones formativas y los test de evaluación y calidad de la formación y remitirlos a Aula DGE.
- Recepción del diploma acreditativo de la actividad formativa para su entrega a los alumnos.
- Al finalizar la formación deberá remitir copia del documento cumplimentado “modelo de control de asistencia. Modalidad Presencial”, en el caso de que la formación sea realizada en jornada laboral y para justificar la aportación privada.
- Recibir el acta de cierre para proceder a la bonificación en las cotizaciones a la seguridad social del mes siguiente.
- Realizar la bonificación en el pago de los seguros sociales. Ésta en ningún caso se podrá realizar antes de la finalización del curso y del abono de la factura.
- Mantener la documentación a disposición de la inspección de la administración
Recordamos que en aquellas empresas que estén obligadas a realizar aportación privada, se podrá realizar en base a los costes laborales de los alumnos si la formación se realiza en jornada laboral.
Fuentes y documentos de interés:
- Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE)
- Contrato de Encomienda (adhesión al convenio de formación de Aula DGE).
- Guía didáctica del alumno, acciones de tele-formación.
Normativa vigente:
- Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
- Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
- Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.
- Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se crea el correspondiente sistema telemático, así como los ficheros de datos personales de titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal.
- Orden TAS 37/2008, que modifica la Orden TAS 2307/2007 reguladora de la formación de demanda.
- Resolución 27 abril de 2009 cuestionario de evaluación.